Cuando todo indicaba que la causa conocida como “vacunación VIP” en Chubut se cerraría con una reparación económica, una nueva resolución judicial cambió el rumbo del expediente. La Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento del exdiputado nacional Santiago Nicolás Igón y ordenó que el caso avance hacia un juicio oral y público.

La decisión también alcanza a Carlos Emiliano Biondo, quien se desempeñaba como responsable operativo del programa sanitario en Esquel al momento de los hechos.

El giro en la causa

En septiembre de 2025, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había autorizado la extinción de la acción penal mediante un acuerdo de reparación integral: Igón abonaría $3.000.000 y Biondo $1.000.000, montos destinados al Hospital Zonal de Esquel. Esa vía les permitía evitar el juicio.

Sin embargo, el fiscal federal Teodoro Nürnberg se opuso, al considerar que el mecanismo no correspondía en casos que involucran a funcionarios públicos y que el hecho revestía “gravedad institucional”.

La Sala III de la Cámara de Casación —integrada por los jueces Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña— hizo lugar al planteo fiscal, anuló el cierre del expediente y ordenó que el proceso continúe en instancia de debate oral.

Los camaristas sostuvieron que la reparación económica no puede utilizarse para extinguir la acción penal en un caso que involucra a funcionarios públicos y que el fraude a la expectativa social generada durante la campaña de vacunación debía ser abordado en un juicio público y transparente.

El origen del caso

El episodio se remonta al 17 de febrero de 2021, en los primeros días de la campaña de inmunización contra el Covid-19, cuando las dosis estaban destinadas exclusivamente al personal de salud y grupos priorizados.

La investigación determinó que Igón recibió la vacuna Sputnik V en el Hospital Zonal de Esquel en un momento en que aún no correspondía inmunizar al grupo poblacional al que pertenecía.

Si bien había declarado factores de riesgo en el sistema “Vacunate Chubut”, la Justicia evaluó que al momento de la aplicación el recurso era escaso y la etapa vigente del plan nacional y provincial no contemplaba su vacunación.

En ese marco, fue procesado como autor del delito de admisión de dádivas, al considerar que la vacuna constituyó un beneficio indebido concedido en razón de su cargo público.

Por su parte, Biondo fue imputado como autor mediato por haber dispuesto la inmunización en un contexto en el que solo se vacunaba al personal sanitario.

Un caso con impacto institucional

El Tribunal Oral Federal había sostenido que el eventual perjuicio era resarcible en términos materiales y que el juicio implicaría un gasto evitable, considerando además que una eventual condena sería de cumplimiento condicional.

No obstante, la Cámara entendió que el caso excede lo patrimonial y se vincula con la responsabilidad de los funcionarios en un contexto excepcional como fue la pandemia.

Con esta resolución, el expediente vuelve a colocarse en el centro del debate público y se encamina a un juicio oral que abordará uno de los episodios más sensibles de la campaña de vacunación en la provincia.

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