La jueza en lo civil, comercial y contencioso administrativo federal de San Martín, Martina Forns, resolvió suspender por seis meses la aplicación del decreto presidencial que disolvía la Dirección Nacional de Vialidad.
La medida fue dictada en respuesta a una presentación del Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA), con sede en la provincia de Buenos Aires.
La jueza le ordenó al Poder Ejecutivo “abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo, que derive del decreto mencionado, incluyendo reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad”.
En su fallo, al que accedió Infobae, Forns explicó que se dan los dos requisitos legales para conceder una medida cautelar: la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
“Dentro del limitado marco de conocimiento que admite el presente pronunciamiento cautelar, considero que se encuentran reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para la procedencia de la medida de no innovar peticionada”, sostuvo.
La magistrada recordó que Vialidad Nacional “es una entidad autárquica de derecho público, con personalidad para actuar privada y públicamente” conforme al decreto de su creación y a leyes del Congreso Nacional. También señaló que los empleados del organismo están regidos por la Ley de Contrato de Trabajo y el régimen específico de la Dirección Nacional de Vialidad.
“Tal como lo refiere la actora, toda disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía convencional que rige esta actividad, constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el artículo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo, siendo nula de nulidad absoluta conforme lo establece el artículo 7 del mismo cuerpo normativo”, analizó la jueza.
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Forns también cuestionó que el decreto presidencial establece que los trabajadores de Vialidad serían reubicados en otras áreas del Estado, con estabilidad “hasta tanto se adecúen la conformación y estructura organizativa correspondiente”.
En ese sentido, sostuvo que “se vulneran las normas y garantías laborales vigentes que fueron detalladas en los párrafos precedentes”.
En otro tramo de la resolución, la jueza apuntó contra el artículo 33 del decreto, que establece que cualquier movimiento de personal en los organismos alcanzados por la norma debe ser aprobado por la Secretaría de Transformación del Estado.
Para la magistrada, esto implica “la subordinación de las decisiones relativas al personal de la Dirección Nacional de Vialidad a la exclusiva discrecionalidad de dicha Secretaría”.
“Dicha disposición vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales”, advirtió. Y agregó que se los sustrae del ámbito de protección de las convenciones colectivas de trabajo y de los regímenes estatutarios correspondientes.
En sus fundamentos, Forns remarcó que la situación genera “un temor a sufrir un daño inminente” y que la falta de una respuesta judicial rápida podría “derivar en un perjuicio efectivo, frustrando el objeto del proceso y tornándolo ilusorio”.
El Gobierno nacional puede apelar la decisión para que sea revisada por la Cámara Federal de San Martín.
