“Creemos que lo que ocurrió de ninguna manera fue una usurpación”, aseguró Gustavo Franquet, de la Asociación Gremial de Abogados, en referencia a la problemática de Villa Mascardi, que llegará a juicio a partir de la denominada “causa madre”, en las jornadas del 26, 27 y 30 de septiembre, en el Escuadrón 34 de Gendarmería Nacional de Bariloche.
Cabe recordar que la entidad de letrados representa a la lof Lafken Winkul Mapu, sobre la que giran los inconvenientes en el paraje desde 2017, año de cuando data, precisamente, este tema legal (hay otra causa pendiente que se vincula al desalojo de 2022).
Franquet expresó: “No tenemos muchas expectativas en cuanto a los jueces, pero sí en lo referido a que no hubo una usurpación, sino que se trata de un conflicto territorial con raíces históricas”.
En cuanto a la posibilidad de que el resultado judicial les resultase contrario, consideró: “En el caso de que fueran declarados culpables, estamos hablando de una acusación de usurpación sobre un terreno de Parques Nacionales, y sería obviamente excarcelable. En realidad, el término técnico es condenación condicional”.
En tal sentido, hizo alusión al artículo 26 del Código Penal, que señala: “En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Esta decisión deberá ser fundada, bajo sanción de nulidad, en la personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza, del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad. El tribunal requerirá las informaciones pertinentes para formar criterio, pudiendo las partes aportar también la prueba útil a tal efecto”.
Incluso en la “causa madre” de Villa Mascardi, donde se apunta a un concurso de delitos, es decir, varias cuestiones que infringen simultáneamente más de un artículo del Código Penal, de acuerdo a Franquet, tal cuestión no debería motivar una pena mayor a tres años, porque la opción a más tiempo de condena justamente alude a la usurpación, que implica un máximo de tres años. Al respecto, volvió a nombrar el artículo 26, donde figura la aclaración: “Igual facultad tendrán los tribunales en los casos de concurso de delitos si la pena impuesta al reo no excediese los tres años de prisión”.
Aun así, el presidente de la Gremial, Eduardo Soares, consideró que si bien puede haber condenas en suspenso, debe tenerse en cuenta lo que suceda luego con la causa de 2022 (que los letrados de la entidad denominan “trucha”), ya que es probable que también llegue a juicio y si allí se determinaran penas “podrían componerse y quizá no serían excarcelables”.
Más allá de las consideraciones sobre las posibles decisiones de la Justicia, Franquet sostuvo: “Confiamos en la inocencia de nuestros defendidos”, aunque igualmente comentó: “Sinceramente, no tenemos una buena perspectiva acerca del Poder Judicial… Veremos qué sucede”.
Soares coincidió en esa mirada: “Los fiscales están haciendo lo que les dice el poder político… Y los jueces ya tienen las resoluciones armadas, van a decir lo que les piden los racistas, los supremacistas, el Gobierno nacional, Miguel Ángel Pichetto, Patricia Bullrich, Victoria Villarruel… Esa es la tendencia ahora. Pero les daremos una pelea durísima”.
