El Gobierno del Chubut comunicó este lunes por la tarde la decisión de otorgar asueto administrativo los días 24, 26 y 31 de diciembre, además del 2 de enero, tras considerar la importancia que estas fechas tienen tanto para las familias chubutenses como por la implicancia para las economías regionales y el movimiento turístico.
La medida, establecida mediante decreto provincial, alcanza al personal de los organismos centralizados y descentralizados dependientes del Poder Ejecutivo, entes autárquicos, sociedades del Estado y sociedades con aporte mayoritario estatal.
La decisión tiene como objetivo facilitar la preparación y celebración de las tradicionales fiestas de Navidad y Año Nuevo, promoviendo un ambiente de tranquilidad y bienestar para las familias chubutenses.
Además, busca reducir las aglomeraciones en las jornadas previas a estas festividades, contribuyendo así a una mayor seguridad vial y a la disminución de riesgos automovilísticos.
Asimismo, la medida favorece el reordenamiento y la dinamización del movimiento turístico durante las fiestas de fin de año, lo que resulta de suma importancia para las economías regionales.
En el texto del documento legal se hace hincapié en “el significado social y espiritual de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo”.
Además, se subraya que la medida permitirá a los ciudadanos festejar con tranquilidad, reduciendo las aglomeraciones y la posibilidad de acontecimientos automovilísticos.
Cómo será el asueto para los trabajadores estatales de Nación
El Poder Ejecutivo Nacional dispuso asueto para el personal de la Administración Pública los días 24 y 31 de diciembre de 2025, según se publicó este lunes 15 de diciembre en el Boletín Oficial mediante el Decreto 883/2025.
La medida, firmada por el presidente de la Nación, Javier Milei, establece que los trabajadores estatales nacionales no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en las vísperas de Navidad y Año Nuevo.
Según informó la Agencia Noticias Argentinas, la disposición no resulta aplicable a las entidades bancarias ni a las empresas y entidades financieras sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.
De acuerdo con los considerandos de la norma, los titulares de cada jurisdicción determinarán el personal que deberá prestar servicios de guardias mínimas que aseguren el cumplimiento de los servicios esenciales.
Esto implica que áreas críticas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.
El decreto se fundamenta en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo para organizar el funcionamiento de la Administración Pública y establece que las guardias mínimas deberán garantizar la continuidad de las prestaciones consideradas indispensables para la población.
La norma ya entró en vigencia y se aplicará a todos los organismos de la administración centralizada y descentralizada del Estado nacional.
