La discusión sobre los alquileres vuelve al centro del debate en el Congreso. El Senado se encamina a tratar un proyecto denominado «Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada», una iniciativa que propone modificar el régimen de desalojos, endurecer las medidas frente a ocupaciones ilegales e introducir cambios en otras normas vinculadas al derecho de propiedad.

Uno de los puntos centrales de la reforma es la creación de un procedimiento de desalojo exprés para los casos de falta de pago o vencimiento del contrato de alquiler. Según el oficialismo, el objetivo es reducir los tiempos judiciales y brindar mayor seguridad jurídica para incentivar la oferta de viviendas en alquiler.

Sin embargo, el texto también incorpora mecanismos destinados a proteger a los inquilinos y sanciones para propietarios que actúen de manera indebida.

Qué cambia para los alquileres

El proyecto establece que, antes de iniciar una demanda por falta de pago, el propietario deberá intimar de manera fehaciente al inquilino.

Tras las negociaciones en el Senado, el plazo para regularizar la deuda quedó fijado en 10 días corridos desde la notificación. El proyecto original contemplaba solo tres días.

La iniciativa también reconoce validez legal tanto al domicilio físico declarado como al domicilio electrónico establecido en el contrato, incluso cuando el destinatario rechace recibir la notificación.

Cómo funcionaría el desalojo exprés

La reforma dispone que todas las acciones de desalojo, tanto de inmuebles urbanos como rurales, tramiten mediante un procedimiento sumarísimo para reducir los tiempos judiciales.

Entre las principales modificaciones se destacan:

  • el propietario podrá solicitar la restitución inmediata del inmueble cuando exista falta de pago o haya vencido el contrato;
  • en esos procesos solo se admitirán pruebas documentales y periciales cuando la causa sea exclusivamente la mora o el vencimiento del plazo, con el objetivo de evitar maniobras dilatorias.

El proyecto también incorpora sanciones para prevenir abusos. Si durante el juicio se comprobara que el propietario ocultó recibos de pago o falseó la situación contractual para obtener el desalojo, podría recibir una multa de hasta diez veces el valor del último alquiler.

Qué pasa con la entrega de las llaves

Otro de los cambios previstos apunta al momento de finalizar el contrato.

La propuesta establece que el propietario no podrá negarse a recibir las llaves ni exigir condiciones previas para aceptar la devolución del inmueble.

Si eso ocurriera, el inquilino podrá recurrir a una consignación judicial. Además, el proyecto fija que la obligación de seguir pagando el alquiler finalizará desde la notificación fehaciente de la puesta a disposición de las llaves, siempre que la consignación se concrete dentro de los diez días hábiles posteriores.

Medidas frente a ocupaciones ilegales

La iniciativa también modifica los procedimientos en casos de usurpaciones y, entre otras medidas, prevé la restitución del inmueble en un plazo máximo de cinco días una vez acreditado el derecho del propietario, además de la identificación obligatoria de todos los ocupantes dentro de las primeras 72 horas, con intervención de la fuerza pública y del Defensor Oficial.

Otros cambios que incluye el proyecto

Además de las modificaciones sobre alquileres, el proyecto incorpora otros ejes vinculados al derecho de propiedad.

Entre ellos propone eliminar la suspensión de desalojos en barrios populares inscriptos en el RENABAP, modificar el régimen de tierras rurales permitiendo eliminar el límite del 15% a la propiedad extranjera, introducir cambios en las expropiaciones, flexibilizar restricciones sobre tierras incendiadas que no sean bosques nativos lo que significa cambios en la Ley de Manejo del Fuego. y avanzar en la digitalización de los registros de la propiedad mediante una Ventanilla Única Federal.

De esta manera el Senado se prepara para debatir el jueves próximo uno de los proyectos más emblemáticos de la agenda impulsada por el presidente Javier Milei: la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que llega al recinto convertida en una profunda reforma de la legislación vinculada al derecho de propiedad.

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