En un giro significativo para el sistema de salud privado, el Gobierno ha introducido nuevas regulaciones que podrían cambiar la dinámica entre las empresas de medicina prepaga y sus afiliados. A través de un decreto publicado recientemente en el Boletín Oficial, se ha otorgado a las prepagas la potestad de negar la aceptación de recetas médicas que sean emitidas por doctores externos a su propia cartilla, una medida que ha generado diversas reacciones y opiniones encontradas entre los actores de la industria y la comunidad en general.
La medida ha sido legislada bajo la Resolución 3934/2024 y pretende, según la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), asegurar la sostenibilidad financiera del sistema de salud privado. La resolución enfatiza que solamente los médicos que pertenezcan a la lista oficial de prestadores de cada prepaga serán quienes puedan recetar tratamientos o medicamentos a los aseguran sus servicios, eliminando así la posibilidad de que recetas ajenas sean aceptadas.
Las regulaciones distinguen claramente entre los planes de salud ‘abiertos’ y ‘cerrados’. En los primeros, se permite a los beneficiarios optar por servicios médicos de dentro o fuera de la cartilla, siendo claramente una opción más costosa para los asegurados. Sin embargo, en los planes cerrados, los usuarios deberán someterse exclusivamente a los servicios proporcionados por los profesionales listados en la cartilla, restringiendo de este modo sus posibilidades de elección a la hora de recibir atención médica.
Además, otra importante resolución surgió bajo el decreto 955/24, donde se detalla que las prepagas tienen ahora el derecho de negar la afiliación de integrantes del monotributo y de los pequeños contribuyentes. Para el seguimiento de esta medida, se instaura un nuevo registro que permitirá identificar aquellas entidades que sí estén dispuestas a aceptar a estos contribuyentes, resaltando el objetivo gubernamental de mejorar la gestión y aprovechamiento de los servicios médicos por parte de esta categoría laboral.
Desde el Ministerio de Salud, aclaran que estas nuevas normativas no alteran los acuerdos previos o la cobertura actual que disfrutan los monotributistas ya afiliados. «Los miembros de este régimen podrán elegir libremente entre las entidades registradas a la hora de recibir su atención médica, aunque estarán comprometidos a mantener su elección al menos durante 12 meses», han comentado autoridades de la Superintendencia de Salud.
