Con la llegada del verano, vecinos y turistas buscan disfrutar de los paisajes barilochenses y qué mejor lugar, que las costas del imponente lago Nahuel Huapi. Sin embargo, con la llegada de los días lindos, surge un reclamo que se mantiene vigente a lo largo de los años, y es el libre acceso a las costas. La ciudad cuenta con ordenanzas y el derecho está explicitado en los artículos 183 y 184 de la carta orgánica. Sin embargo, los grises en la legislación y la poca regulación, hacen que se dificulte el pleno goce del derecho.
En primer lugar cabe destacar que ante la problemática de los obstáculos que presentan determinadas bajadas a la costa, la Municipalidad de Bariloche cuenta con la Ordenanza 2.587, sancionada en 2014, que busca establecer el estado situacional de todas las construcciones colindantes a las costas de lagos, lagunas, arroyos y ríos del ejido de la ciudad.
Sin embargo, los informes no han sido presentados en años. El último relevamiento al que pudo acceder El Cordillerano data del 2015 y enumera 125 bajadas al lago Nahuel Huapi y el Moreno. Uno de los reclamos más históricos, es la denominada bajada 43, en el barrio La Cascada.
Ahora bien, además de la normativa que determina los derechos colectivos de acceso a las costas, hay una ordenanza que establece los límites a la propiedad en las costas.
Según la Ordenanza N° 1541-CM-05, la línea de ribera es un parámetro que en la provincia es medido por el Departamento Provincial de Agua, organismo responsable de determinar las cotas de crecidas ordinarias de los espejos de agua.
“La línea de ribera es algo así como la línea municipal. Esta última delimita el dominio público, la calle, del privado, mi terreno. La otra delimita las aguas públicas y las parcelas privadas. Marienhoff denomina: colindantes con dependencias del dominio público o con dependencias dominicales a los frentistas y ribereños” explica el agrimensor y especialista en el tema, Cristian Müller, en uno de sus estudios.
Mismo estudio donde explica que es complejo determinar con medidas del hombre, fenómenos naturales.
La línea de ribera “tiene un periodo de recurrencia que es un promedio de dos años en el caso del lago Nahuel huapi y hay una línea de ribera que conecta, que es la que se llama Zona lacustre de ocupación por crecidas ordinarias cuyo periodo es de diez años” explicó a El Cordillerano.
En ese sentido precisó que “se utilizan períodos más largos para abarcar mayor cantidad de evento extraordinarios, que modifican los promedios, entonces diferentes cuerpos de agua de la provincia fueron determinados con diferentes periodos”.
Pasando en limpio, “la línea de ribera da el límite de propiedad de acuerdo a la legislación, la línea por ocupación por crecidas ordinarias (de 10 años) genera un área en la que hay una restricción al dominio, al privado. Implica abstenciones que el propietario debe tolerar, (obligación de no hacer)”.
“Donde está prohibido hacer una parcela por ejemplo, es una restricción al dominio como por ejemplo el código de edificación, que es una restricción porque vos no podés hacer tu casa en el lugar que quieras de tu terreno, con las características que vos quieras, bueno, esta línea funciona de una forma similar” explicó el especialista.
A toda esta legislación se suma la modificación del Código Civil en el 2015, que elimina el viejo “camino de sirga” (un término vinculado a la actividad náutica) y redujo las restricciones al dominio privado a una franja que era de 35 y pasó a ser de 15 metros, a tomar desde la línea de ribera. En ese sentido, el municipio aprobó la ley que mantiene los 35 metros de franja desde la línea de ribera.
En la realidad, la gran cantidad de ordenanzas y leyes que garantizan el acceso a las costas terminan muriendo en la letra fría de los documentos y cartas orgánicas. Bariloche es una ciudad rodeada por espejos de agua, con más de cien bajadas tan solo para el Nahuel Huapi, con ordenanzas, leyes provinciales y nacionales que garantizan el libre acceso, pero con nula aplicación, dando a entender que lo que realmente falla es la decisión política.
En resumen, la hermosa ciudad de Bariloche se encuentra inmersa en un dilema persistente: el acceso a las costas del majestuoso lago Nahuel Huapi. A pesar de la legislación existente, la tan conocida «Letra Fría» dificulta su cumplimiento y pone en entredicho el pleno disfrute de este derecho. Las ordenanzas y regulaciones han intentado abordar el problema, como la Ordenanza 2.587 de 2014, pero los informes requeridos no se han presentado, dejando a los ciudadanos “cercados”.
En última instancia, aunque las leyes y ordenanzas existen, queda claro que la complejidad técnica y las ambigüedades legales dificultan que vecinos y turistas puedan disfrutar de las playas.